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¡Cuidado con tus Cuentas! SAT Exige Declarar Préstamos y Donativos

El SAT exige declarar préstamos, donativos o premios si superan $600 mil en un año fiscal. Las sanciones por no reportar van de $1,400 a $34,730, más la posible retención del 50% al 75% del monto no declarado.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado la vigilancia sobre las transferencias y depósitos de alto valor entre personas físicas, recordando a los contribuyentes su obligación de declarar cualquier préstamo, donativo o premio que, en conjunto, supere los 600 mil pesos en un mismo año fiscal.

La autoridad tributaria advirtió que no existen excepciones por parentesco o amistad. Esto significa que los movimientos financieros entre familiares, amigos o conocidos también deben ser informados si rebasan el límite establecido por el Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

«Tratarse de operaciones entre allegados no exime la obligación fiscal ni protege contra sanciones,” ha reiterado el SAT.

Documentación Obligatoria y Cómo Evitar Sanciones

Todo contribuyente que reciba más de 600 mil pesos a lo largo del año debe incluir el monto en su declaración anual y, crucialmente, debe conservar la documentación que respalde el origen lícito de los fondos.

Entre los comprobantes válidos que pueden ser requeridos en auditorías se incluyen:

  • Contratos firmados que establezcan las condiciones del préstamo.
  • Cartas de donación o acuerdos escritos.
  • Registros bancarios que muestren la trazabilidad del dinero.

Adicionalmente, si el dinero proviene de una persona moral (empresa o asociación civil), el contribuyente debe presentar el formato 86-A ante el SAT dentro de los 15 días posteriores al depósito.

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de esta obligación fiscal puede tener serias consecuencias:

  • Multas Económicas: Las multas pueden ir de $1,400 a $34,730 pesos por infracción.
  • Retención del Ingreso: En los casos más severos, el SAT puede imponer sanciones proporcionales de entre 50% y 75% del monto no declarado, además de ordenar auditorías o requerimientos adicionales de información.

La autoridad fiscal insiste en que la transparenza y el cumplimiento oportuno son la mejor forma de evitar sanciones. La recomendación es clara: todo ingreso extraordinario debe documentarse y, si rebasa el umbral legal, declararse ante el SAT para evitar complicaciones en tu historial tributario y posibles bloqueos de cuentas.

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