05 diciembre,2025
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Guanajuato Aprueba el Matrimonio Igualitario y Penaliza las Terapias de Conversión

El Congreso de Guanajuato aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo (25 votos a favor) y penalizó los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) con hasta seis años de prisión para quien las aplique a menores.

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La tarde de este 4 de diciembre de 2025, el Congreso del estado de Guanajuato aprobó por mayoría de votos una reforma histórica que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. El dictamen fue avalado con 25 votos a favor y 9 en contra.

La modificación al Código Civil busca garantizar la igualdad en la comunidad de vida que constituye el matrimonio, sustituyendo los términos “marido y mujer” por la redacción inclusiva “personas cónyuges”. Con esto, Guanajuato alinea su normativa local con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La diputada Sandra Alicia Pedroza Orozco (Movimiento Ciudadano) destacó que Guanajuato salda una deuda histórica en materia de derechos humanos, enviando un mensaje claro: “Amar a quienes queramos, sin importar su sexo, tiene que ser un derecho para todas las personas sin discriminación alguna”.

El Partido Acción Nacional (PAN) registró una votación dividida. Mientras legisladores como Jorge Arturo Espadas Galván pidieron respeto a todos los derechos sin excepción, la congresista Susana Bermúdez Cano argumentó su voto en contra, sosteniendo que el Código Civil ya garantiza el trato igualitario sin necesidad de «alterar instituciones esenciales».

Fin a la Crueldad: ECOSIG se Convierte en Delito Penal

En un avance simultáneo en materia de derechos humanos, el mismo congreso guanajuatense aprobó la penalización de los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), conocidas popularmente como “terapias de conversión”.

Esta reforma al Código Penal establece penas claras para quien imparta estas prácticas, que los legisladores calificaron como violencia y crueldad sin validez científica.

Penalidades por Aplicar ECOSIG:

CondiciónSanción Penal
Víctima menor de edad o incapaz2 a 6 años de prisión y de 20 a 60 días de multa.
Responsable es padre, madre o tutorMulta y tratamiento psicoterapéutico integral (determinado por el juez).

El delito se perseguirá de oficio y solo el consentimiento informado de una víctima mayor de edad excluye la tipificación penal.

La reforma define ECOSIG como prácticas que emplean violencia física, moral o psicoemocional, así como tratos crueles, inhumanos o degradantes, cuyo objetivo sea anular o menoscabar la expresión o identidad de género o la orientación sexual de la víctima.

La diputada María Eugenia García Oliveros (Morena) afirmó que la aprobación reconoce «un dolor que se ha mantenido en silencio durante décadas,” y la legisladora Luz Itzel Mendo González (Partido Verde) enfatizó que las terapias de conversión constituyen violencia que ahora será perseguida y castigada.

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