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El veto a Gerardo Ortiz en Querétaro: Multas millonarias y prohibición por cantar narcocorridos

El Gobierno del Estado y los 18 municipios cerraron filas contra la apología del delito en espectáculos públicos; el detonante fue su presentación del pasado 15 de mayo en Pedro Escobedo.

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El estado de Querétaro aplicó un veto definitivo al cantante de música regional mexicana Gerardo Ortiz, prohibiéndole volver a presentarse en cualquier escenario, feria, auditorio o plaza pública dentro de la entidad. La medida extrema se tomó luego de que el artista violara las normativas locales al interpretar temas que hacen apología del delito y ensalzan a figuras del crimen organizado.

El incidente que detonó la sanción ocurrió el pasado viernes 15 de mayo de 2026, durante la presentación de Gerardo Ortiz en la Feria del Grano y la Cantera en el municipio de Pedro Escobedo, evento organizado para conmemorar la fundación de dicha ciudad.

¿En qué consiste el veto y la regulación queretana?

La legislación del estado de Querétaro y los reglamentos de sus 18 municipios contemplan un estricto protocolo de supervisión para eventos masivos que incluye las siguientes sanciones y obligaciones:

  • Pérdida del derecho de presentación (Veto): Al ser considerado un artista que incurrió de forma deliberada en la apología de la violencia, Gerardo Ortiz pierde el derecho a tramitar permisos de espectáculos, quedando vetado por tiempo indefinido en el estado.
  • Filtro obligatorio de repertorio: Las leyes locales exigen que todos los promotores y representantes entreguen con días de anticipación el listado completo de canciones (repertorio) que el artista planea interpretar. Los organizadores deben firmar un convenio de responsabilidad civil donde se comprometen a respetar dicha lista.
  • Multas de hasta un millón de pesos: El romper este acuerdo y cantar «narcocorridos» genera multas económicas severas de hasta 10 mil UMAS (Unidades de Medida y Actualización), lo que equivale a poco más de un millón de pesos. Esta sanción económica recae de forma solidaria tanto en el artista como en los promotores y dueños del inmueble.
  • Clausura y suspensión inmediata: Si durante el desarrollo de un concierto las autoridades detectan que el músico empieza a interpretar temas prohibidos, las fuerzas de inspección municipal tienen la facultad jurídica de apagar el sonido, suspender el show y clausurar el recinto en ese mismo instante.

El antecedente: La multa a Edén Muñoz

La postura del gobierno queretano no es nueva ni un caso aislado. Apenas un año atrás, las autoridades estatales sentaron un precedente en el sector del entretenimiento al multar al cantante Edén Muñoz con 600 mil pesos. En aquella ocasión, el exvocalista de Calibre 50 interpretó un breve fragmento de un corrido considerado apología del delito durante su concierto en el Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez de la capital del estado, siendo sancionado inmediatamente a pesar de tratarse de una sola canción.

Criterio oficial: Proteger la paz social

Las autoridades de Querétaro argumentaron que este tipo de contenidos musicales alteran el orden público, normalizan conductas delictivas e influyen de manera negativa en los asistentes, afectando principalmente a los sectores jóvenes. Con esta resolución, Querétaro se suma de manera formal a entidades como Chihuahua, Baja California y el Estado de México, estados que han reformado sus leyes locales para restringir la difusión de los narcocorridos en eventos que requieran avales gubernamentales.

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