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Juez federal otorga resolución a favor de la FIFA y suspende privilegios de acceso a dueños de palcos en el Estadio CDMX

El Juzgado Primero de Distrito determinó que mantener las medidas cautelares de los palcohabientes afectaría el interés público y el desarrollo uniforme de las reglas del Mundial 2026.

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Un juzgado federal emitió un fallo favorable para la FIFA y la administración del Estadio Banorte —oficialmente denominado Estadio CDMX para la justa internacional—, al suspender de forma definitiva las medidas precautorias que otorgaban beneficios de acceso exclusivos a los propietarios de palcos y plateas durante el desarrollo de la Copa Mundial de la FIFA 2026.

La resolución fue dictada por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil, bajo el expediente 730/2026, y publicada formalmente este martes 9 de junio de 2026 a través de las listas de notificación electrónica del Poder Judicial de la Federación (PJF), representando un revés jurídico definitivo a solo dos días del silbatazo inaugural.

Cancelación de amparos y argumentos de interés público

Con este veredicto, quedan completamente sin efecto las suspensiones provisionales que previamente habían otorgado los Juzgados Sexto y Séptimo de Distrito a los integrantes de la Asociación Mexicana de Titulares de Palcos y Plateas, organización civil que es encabezada por Manuel Negrete y Roberto Ruano. Dichas medidas cautelares permitían originalmente a los usuarios ingresar al coloso de Santa Úrsula con vehículos particulares, así como introducir alimentos y bebidas propios.

El juzgador federal fundamentó su decisión señalando que privilegiar las demandas de un grupo particular por encima de las normativas del torneo atentaría de manera directa contra el interés público, entorpeciendo la logística, preparación y ejecución de un compromiso internacional compartido entre México, Estados Unidos y Canadá.

Aplicación uniforme del reglamento FIFA en los 16 estadios

El análisis del órgano jurisdiccional determinó que la FIFA ostenta la máxima autoridad organizativa y regulatoria del certamen. Por consecuencia, tanto las empresas operadoras del inmueble como los terceros poseedores de derechos internos están estrictamente obligados a acatar las directrices y manuales de seguridad del organismo:

  • Homologación internacional: El juez argumentó que permitir excepciones operativas en el Estadio CDMX rompería con la aplicación uniforme de las reglas de control de accesos establecidas para los 16 estadios sedes de la Copa del Mundo.
  • Salvaguarda de acuerdos: Negar el recurso promovido por la FIFA habría significado comprometer los contratos de exclusividad y operación comercial previamente firmados con los comités organizadores y patrocinadores globales.

Esta resolución judicial sepulta, al menos durante la vigencia del torneo, la estrategia legal de la Asociación de Palcos y Plateas para mantener sus derechos tradicionales de uso de suelo y consumo privado, obligando a todos los asistentes a sujetarse de forma estricta a los protocolos generales de ingreso dispuestos para la afición global.

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