Durante la conferencia matutina de este 7 de octubre de 2026 en Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el decreto que prohíbe la doble nacionalidad a las personas que busquen postularse a la Presidencia de la República, las gubernaturas de los estados o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. La enmienda constitucional fue ratificada por mayoría calificada en el Congreso de la Unión y por la mayoría de los legislativos locales, por lo que será publicada este mismo miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La titular del Ejecutivo precisó que esta restricción aplicará de manera formal para los procesos electorales que se celebren a partir del año 2028.
Puntos clave de la reforma y procedimiento de renuncia
La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, detalló los aspectos operativos que regirán la nueva disposición constitucional para los futuros aspirantes a cargos de elección popular del Poder Ejecutivo:
- Entrada en vigor: Las exigencias legales surtirán efecto a partir del año 2028.
- Requisito de registro: Toda persona que intente registrarse como candidata o candidato ante el Instituto Nacional Electoral (INE) o los organismos públicos locales electorales deberá acreditar poseer únicamente la nacionalidad mexicana.
- Renuncia obligatoria: En caso de contar con otra ciudadanía, la persona aspirante deberá realizar el trámite de renuncia formal previo a su inscripción formal.
Reglamentación y trámites internacionales
Alcalde informó que en las semanas posteriores a la publicación del decreto se darán a conocer los lineamientos reglamentarios que precisarán las autoridades ante las cuales se gestionará la renuncia de la segunda nacionalidad.
Las disposiciones normativas contemplarán no únicamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), sino también los procedimientos institucionales requeridos por los gobiernos de las naciones extranjeras donde se mantenga la ciudadanía originaria o adquirida.

