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Corte Interamericana condena a México por caso Ernestina Ascencio; señalan violencia estructural y encubrimiento

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) responsabilizó al Estado mexicano por la violación y tortura de la indígena Ernestina Ascencio (2007) por parte de agentes estatales. La sentencia ordena a México reabrir la investigación, sancionar el encubrimiento oficial y adoptar medidas para prevenir la violencia sexual con involucramiento de fuerzas armadas.

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió recientemente una sentencia en la que responsabiliza al Estado mexicano por violaciones graves a derechos humanos en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena de 73 años que murió en 2007 en la sierra de Zongolica, Veracruz, tras denunciar una agresión sexual atribuida a elementos del Ejército mexicano.

Así lo expuso Bernardo Romero, expresidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Querétaro y exconsejero de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien explicó que la resolución del tribunal internacional es vinculante para México, al haber aceptado previamente su competencia contenciosa mediante la ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

De acuerdo con la sentencia, existen elementos suficientes para establecer que Ernestina Ascencio fue víctima de violación sexual y tortura por parte de agentes del Estado, así como de una investigación deficiente, sesgada y orientada a descartar la responsabilidad de los presuntos agresores. La Corte IDH determinó que el Estado incumplió su obligación de garantizar el acceso a la justicia, proteger a personas en situación de vulnerabilidad y prevenir la violencia contra las mujeres, particularmente indígenas y adultas mayores.

Romero recordó que, tras los hechos, autoridades estatales y federales sostuvieron públicamente que la muerte fue por causas naturales, versión que se impuso pese a peritajes iniciales que documentaban signos de violencia sexual y lesiones graves. Añadió que la investigación fue archivada y que no se sancionó a servidores públicos que participaron en la alteración de dictámenes o en la omisión de diligencias.

La Corte ordenó al Estado mexicano reabrir la investigación, sancionar a los responsables materiales e institucionales, reparar integralmente el daño a las víctimas indirectas y adoptar medidas estructurales para prevenir hechos similares. Entre ellas, fortalecer los mecanismos de investigación de violencia sexual, especialmente cuando involucran a fuerzas armadas.

El exconsejero también se refirió a otra sentencia reciente relacionada con el caso de la adolescente Lilia Alejandra García Andrade, en la que el tribunal interamericano identificó patrones de violencia de género, impunidad y tolerancia institucional.

Romero señaló que ambos fallos evidencian un contexto de militarización y una cultura institucional que favoreció el encubrimiento, así como deficiencias persistentes en el actuar de la CNDH. Indicó que, si bien existen avances aislados en la sanción de violaciones cometidas por fuerzas armadas, persisten obstáculos estructurales para garantizar justicia a las víctimas.

Finalmente, subrayó que el cumplimiento de las sentencias dependerá de la voluntad del Estado mexicano para acatar plenamente las resoluciones internacionales y realizar cambios legales, administrativos y culturales en materia de derechos humanos.

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