La LXI Legislatura del Estado de Querétaro someterá a discusión una reforma integral a la Ley Electoral local que introduce nuevas reglas de paridad de género para la renovación de los ayuntamientos en el proceso electoral de 2027. La modificación principal plantea la obligación legal para que los partidos políticos postulen a mujeres como candidatas a la presidencia municipal en por lo menos dos de las cinco demarcaciones de la entidad donde, desde la introducción del voto popular, nunca ha resultado electa una alcaldesa.
De acuerdo con el proyecto de dictamen enfocado en modificar el artículo 166 de la legislación comicial vigente, los cinco municipios identificados con esta brecha histórica de género son la capital Querétaro, El Marqués, Tequisquiapan, Colón y Amealco de Bonfil. La propuesta requiere el voto a favor de una mayoría calificada mínima de 13 de los 25 diputados integrantes del Congreso local (en un escenario de asistencia total) para ser aprobada y posteriormente promulgada a través de su publicación oficial en el periódico del Estado, La Sombra de Arteaga.
Ajustes técnicos y distribución del peso político
El planteamiento normativo original, diseñado y estructurado por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), pretendía que la obligatoriedad se extendiera a tres de los cinco municipios mencionados. Sin embargo, tras los consensos y mesas de trabajo en las comisiones dictaminadoras, la cuota imperativa se redujo a dos demarcaciones libres por partido político.
Esta flexibilización en el articulado final abre la posibilidad de que los institutos políticos decidan postular a sus candidatas en municipios con menor densidad demográfica como Colón, Tequisquiapan o Amealco de Bonfil, evitando con ello la reserva forzosa de los municipios de Querétaro y El Marqués, los cuales representan los padrones electorales más grandes, el mayor presupuesto público y el principal peso político del estado.
Criterios adicionales para las candidaturas en 2027
Los alcances finales de la reforma y la conformación definitiva de las planillas de los partidos de cara a las elecciones municipales de 2027 no se limitarán exclusivamente a este decreto de exclusión. Las postulaciones femeninas tendrán que alinearse con el resto de las directrices y candados vigentes en la normatividad electoral del estado:
- Paridad horizontal y vertical: Cumplimiento estricto del 50% de postulaciones femeninas en el bloque general de los 18 municipios de la entidad.
- Bloques de competitividad: Distribución proporcional de candidaturas para asegurar que a las mujeres no se les asigne únicamente en demarcaciones con bajas expectativas de votación para el partido.
- Convenios de alianza: Regulación específica y distribución de espacios de género en caso de registrar coaliciones o candidaturas comunes entre diversas fuerzas políticas.
El Congreso del Estado mantiene la previsión de desahogar el dictamen en los plazos constitucionales exigidos para que las modificaciones electorales adquieran plena vigencia jurídica antes del arranque formal del próximo año electoral.
Este reporte detalla las discusiones y debates del Congreso sobre los criterios y la democratización en las postulaciones locales.
