El juez federal estadounidense Brian M. Cogan dictó una sentencia de cadena perpetua en contra de Ismael “El Mayo” Zambada, cofundador del Cártel de Sinaloa, acompañada por una orden de confiscación histórica que asciende a los 15 mil millones de dólares. La resolución, emitida en la Corte Federal del Distrito Este de Nueva York, representa la mayor penalización financiera solicitada en un caso de narcotráfico en la historia judicial de Estados Unidos, superando por 2 mil 400 millones de dólares la cifra impuesta en 2019 a Joaquín “El Chapo” Guzmán.
La penalización económica deriva de la argumentación de los fiscales federales, encabezados por Joseph Nocella Jr., y se fundamentó en el acuerdo de culpabilidad firmado por el propio Zambada, en el cual admitió su responsabilidad directa en el tráfico de fentanilo, cocaína y metanfetaminas, así como las magnitudes de los ingresos generados por la organización delictiva.
Alcance jurídico y retos para la recuperación de los activos
El dictamen financiero emitido por la corte de Nueva York posee características técnicas específicas respecto a su ejecución y destino:
- Naturaleza de la cifra: Los 15 mil millones de dólares corresponden a una estimación contable global efectuada por el Departamento de Justicia sobre las ganancias ilícitas del grupo criminal a lo largo de varias décadas, y no a dinero en efectivo o propiedades previamente aseguradas en cuentas bancarias.
- Complejidad en el cobro: Especialistas en materia de seguridad internacional precisaron que la recuperación real de los recursos económicos enfrenta barreras complejas debido a la dispersión de activos mediante empresas fachada, prestanombres y redes financieras transnacionales. Un precedente directo es el caso de «El Chapo» Guzmán, donde las autoridades no han reportado la recuperación total del adeudo judicial.
- Destino institucional de los fondos: Conforme al marco legal de Estados Unidos, los activos que se logren incautar de manera efectiva serán canalizados al Fondo de Bienes Confiscados del Departamento de Justicia o a cuentas análogas del Departamento del Tesoro, utilizándose para el financiamiento de programas de seguridad, investigaciones federales y atención a víctimas.
Resoluciones sobre peticiones de terceros e indemnizaciones
Durante el desarrollo del procedimiento penal, representantes legales de víctimas del Cártel de Sinaloa, entre ellos integrantes de la familia LeBarón, promovieron recursos para intervenir en el decomiso amparados en la Ley de Seguro contra Riesgos Terroristas de 2002. Los peticionarios argumentaron que el grupo delictivo cuenta con la designación de organización terrorista extranjera por parte de agencias estadounidenses.
No obstante, el gobierno de Estados Unidos desestimó formalmente la solicitud tras determinar que los promoventes carecían de la legitimidad jurídica requerida para coparticipar dentro del proceso penal de confiscación del Estado, dejando abierta la posibilidad de que se inicien litigios civiles independientes en el futuro.

