La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, los cuales entrarán en vigor en 30 días naturales. El acuerdo normativo, aprobado por unanimidad en el Pleno presidido por Norma Solano Rodríguez, es de observancia obligatoria para concesionarias de televisión abierta, radio, televisión de paga y empresas programadoras, tras concluir un proceso de consulta pública que registró más de 8 mil participaciones.
Reglas para la diferenciación de contenidos y publicidad
Las nuevas disposiciones prohíben la transmisión de publicidad o propaganda disfrazada de información noticiosa. Para ello, los medios televisivos deberán señalar patrocinios mediante el símbolo «P» en pantalla por al menos cinco segundos, mientras que la radio deberá aclararlo de manera verbal. Asimismo, las emisoras tendrán que incorporar herramientas visuales o sonoras (como plecas o cortinillas) para distinguir la información de las opiniones, además de atender criterios de veracidad y pluralidad editorial en sus transmisiones.
Sanciones, plazos y posturas del sector
El marco regulatorio establece multas de entre el 0.01% y el 1% de los ingresos acumulables para las empresas que incumplan la normativa. Las concesionarias dispondrán de 30 días hábiles para el registro de códigos de ética y defensores de las audiencias, así como 60 días para habilitar herramientas de accesibilidad. Aunque la CRT argumenta que las reglas preservan la libertad de expresión, organismos como la Asociación Mexicana de Internet (AIMX) y Human Rights Watch advirtieron sobre riesgos de incertidumbre regulatoria por conceptos abiertos a la interpretación.

