El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 96 votos a favor, una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para castigar de manera severa a bancos, aseguradoras y establecimientos comerciales que incurran en acoso telefónico y envío de publicidad no solicitada a los ciudadanos.
La modificación legal busca poner fin a la persistencia de las llamadas con fines comerciales mediante un esquema de sanciones económicas de carácter disuasivo.
Monto de las sanciones y corresponsabilidad empresarial
Las reformas a los artículos 18 Bis y 127 de la citada ley fijan un tabulador de sanciones económicas para las empresas que incumplan la normativa:
- Sanciones económicas: Se establece una multa mínima de 56 mil 570 pesos que podrá elevarse hasta los 2 millones 400 mil pesos para las organizaciones que insistan en contactar a usuarios que hayan expresado su negativa a recibir ofertas.
- Corresponsabilidad: Las empresas contratantes de servicios publicitarios serán legalmente responsables del manejo de la información de los usuarios, aun cuando el contacto se efectúe a través de despachos o terceros subcontratados.
Protección a la privacidad frente a estafas
Durante la discusión en tribuna, legisladoras de diversas bancadas —entre ellas Mayuli Latifa Martínez (PAN) y María del Rocío Corona Nakamura (PVEM)— resaltaron que el dictamen prohíbe realizar llamadas o enviar mensajes reiterados sin la autorización expresa del consumidor.
En el dictamen se citan indicadores de la plataforma Truecaller, los cuales posicionan a México entre las naciones con mayor volumen de llamadas no deseadas a nivel global, registrando un promedio de 20 a 25 contactos spam mensuales por usuario. Las senadoras destacaron que la medida no solo protege la tranquilidad y privacidad de la población, sino que reduce la exposición de las personas ante posibles fraudes y estafas telefónicas.

